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La compraventa de un inmueble es un proceso legal complejo que implica una serie de documentos esenciales para asegurar que la transacción se realice de manera adecuada y conforme a la ley. Estos documentos establecen los derechos y obligaciones de las partes involucradas, y permiten transferir la propiedad de un inmueble de manera oficial.
Los 7 documentos de compraventa que debes guardar
A continuación, recopilamos los documentos más importantes que intervienen en una compraventa de inmueble y que debes guardar:
1. Contrato de compraventa: El contrato de compraventa es el documento principal que formaliza el acuerdo entre el comprador y el vendedor. En este contrato se deben establecer los detalles fundamentales de la transacción, como la identificación de las partes, la descripción del inmueble, el precio y cualquier otra condición adicional.
2. Escritura pública de compraventa: Una vez que el contrato ha sido firmado, la escritura pública de compraventa es el siguiente paso. Este documento es elaborado ante notario y tiene como objetivo formalizar la transferencia de propiedad del inmueble. La escritura pública de compraventa es el documento legal que valida la transacción ante terceros, como administraciones públicas o entidades financieras. Es un documento imprescindible para inscribir la propiedad en el Registro de la Propiedad, otorgando mayor seguridad jurídica a la transacción.
3. Certificado de deuda pendiente o "nota simple": Este certificado es emitido por el Registro de la Propiedad y sirve para comprobar que el inmueble que se va a vender está libre de cargas y deudas. Es crucial que el vendedor entregue este documento al comprador antes de la firma de la escritura pública, ya que permite verificar que el inmueble no tiene hipotecas, embargos u otras cargas que pudieran afectar la propiedad.
4. Certificado de eficiencia energética: El certificado de eficiencia energética es un documento obligatorio en las compraventas de inmuebles en España. Por eso, debe ser entregado al comprador antes de la firma de la escritura, y si no se presenta, se pueden generar sanciones. Este certificado clasifica la eficiencia energética de la vivienda, desde la letra A (máxima eficiencia) hasta la letra G (mínima eficiencia).
5. Último recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI): El IBI es un impuesto municipal que se paga anualmente y grava la propiedad de bienes inmuebles. En el momento de la compraventa, el vendedor debe presentar el último recibo del IBI pagado, para garantizar que no existen deudas relacionadas. Si el recibo está pendiente de pago, el comprador debe acordar con el vendedor cómo proceder.
6. Documento de identidad y poderes notariales: Tanto el comprador como el vendedor deben presentar su documento de identidad (DNI o NIF) para validar sus datos ante el notario. En algunos casos, si alguna de las partes no puede asistir al acto de la firma, se puede autorizar a un representante a través de un poder notarial.
7. Certificado de la comunidad de propietarios: Si el inmueble que se va a vender forma parte de una comunidad de propietarios (por ejemplo, un piso en un edificio), el vendedor debe entregar al comprador un certificado de la comunidad de propietarios. Este documento certifica que no existen deudas pendientes con la comunidad y que el inmueble está al corriente de los pagos.
Otros documentos de compraventa indirectos
Aparte de los documentos de compraventa mencionados anteriormente, existe un conjunto de documentos adicionales que, aunque no forman parte del proceso de compra de una vivienda, es importante conservar.
- Póliza del seguro del hogar: La póliza del seguro del hogar y sus condiciones generales son esenciales, ya que cubren riesgos como daños por incendio, inundaciones, robos o problemas estructurales.
- Planos de la vivienda: Si tienes acceso a los planos originales del inmueble o los planos entregados por el arquitecto o promotor, es recomendable conservarlos. Estos documentos pueden ser muy útiles para futuras reformas o reparaciones.
- Certificado de instalaciones (agua, gas, electricidad): Estos certificados garantizan que las instalaciones del inmueble cumplen con la normativa vigente.
- Facturas y garantías de electrodomésticos y servicios: Si el inmueble incluye electrodomésticos o instalaciones nuevas (como calderas, aire acondicionado, etc.), es importante guardar las facturas de compra y los documentos de garantía.
- Documentos relacionados con el préstamo hipotecario: Si has financiado la compra con una hipoteca, debes guardar toda la documentación relacionada, como: escritura de la hipoteca, condiciones del préstamo, recibos de pagos y la cancelación de la hipoteca (cuando corresponda).
Consejos para almacenar los documentos de compraventa
Para asegurar la conservación de los documentos de compraventa, desde GILMAR te recomendamos que sigas los siguientes pasos para proteger las escrituras notariales y certificados:
- Asegúrate de guardar los documentos en una funda protectora, para evitar su deterioro con el paso del tiempo.
- Utiliza carpetas para organizar el papeleo y diferenciar los documentos.
- Almacena la información en un lugar seguro. A ser posible seco y protegido de la humedad.
- Solicita una copia simple notarial para utilizar el documento y no tener que manipular el original.

Preguntas frecuentes sobre los documentos de compraventa
¿Qué ocurre si pierdo la escritura pública de compraventa?
Si pierdes la escritura, puedes solicitar una copia autorizada en la notaría donde se realizó la compraventa. Las notarías conservan un archivo de todas las escrituras que realizan y están obligadas a proporcionar una copia, previa solicitud y pago de tasas administrativas.
¿Quién debe conservar los documentos de compraventa y por cuánto tiempo?
Ambas partes, tanto comprador como vendedor, deben conservar los documentos. En especial:
- El comprador debe guardar la escritura pública, los justificantes de pagos y los documentos fiscales, como los de la liquidación de impuestos.
- El vendedor debería conservar el contrato de arras, los justificantes de pago y cualquier documentación fiscal o bancaria por un plazo de al menos 5 años, en caso de inspecciones.